INFORMACIÓN PARA LA CONSTITUCIÓN Y DEVOLUCIÓN DE FIANZAS PARA PARTICIPAR EN EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN DEL AREA DE SALUD DE BADAJOZ
Depósito de aval provisional:
Las fianzas se pueden constituir en metálico o en aval:
Constitución en metálico:
- Cuando la fianza se constituye en metálico se procederá a efectuar un ingreso en CAJA BADAJOZ en la siguiente cuenta 2010 0000 90 0554220704 “CUENTA RESTRINGIDA DE FIANZAS PROVISIONALES” del Área de Salud de Badajoz.
- Una vez efectuado el ingreso habrá de personarse con la copia del ingreso efectuado a la siguiente dirección: Gerencia de Área de Salud de Badajoz. Gestión económica. Avd/ de Huelva nº 8, 3ª planta. Tlf: 924 21 83 90, donde le será expedido el correspondiente Resguardo de Depósito Provisional con el cual se acreditará ante la Mesa de Contratación la constitución del aval y le será requerido cuando el mismo tenga que ser devuelto.
Constitución mediante aval:
- Cuando la fianza se constituye en aval el mismo tendrá que ser previamente bastanteado por el Servicio Jurídico de la Junta de Extremadura sito en la siguiente dirección:
GABINETE JURÍDICO
Paseo de Roma, s/n
MÉRIDA 06800
TLF 924 00 50 53
- Una vez bastanteado habrá que personarse en la siguiente dirección:
GERENCIA DE ÁREA DE SALUD DE BADAJOZ
Servicio de Gestión Económica
Avd. de Huelva, 8. 3ª Planta. BADAJOZ.
Donde le será expedido el correspondiente Resguardo de Depósito Provisional con el cual se acreditará ante la Mesa de Contratación la constitución del aval y le será requerido cuando el mismo tenga que ser devuelto.
Cuando la fianza haya cumplido los fines para los que fue constituida y la Unidad de Contratación Administrativa comunique a la Habilitación que se puede proceder a su devolución, nos pondremos en contacto con la Empresa para comunicarle que se puede proceder a su retirada y los requisitos necesarios para efectuar la misma.
Depósito aval definitivo:
Constitución en aval o en metálico:
- En metálico:
Mediante ingreso del efectivo en la cuenta corriente existente en existente en la Caja de Ahorros de Badajoz, O.P. de Mérida , c/c 2010/0011/04/0026267204. El ingreso también podrá efectuarse mediante transferencia bancaria, en cuyo caso no podrá constituirse el depósito, hasta que se haya asentado en la cuenta corriente, o mediante cheque que se presentará convenientemente conformado.
En los supuestos previstos en este apartado a), el justificante de ingreso o transferencia se presentará ante la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura o ante sus sucursales para que ésta emita el resguardo de constitución de garantía definitiva, sin perjuicio de lo dispuesto para el caso de transferencia.
b) En valores públicos o en valores privados, con sujeción a las condiciones establecidas en el art. 55 del Reglamento general de la LCAP y constituidos según los modelos del Anexo III y IV del citado Reglamento.
En los supuestos de este apartado b), se entregarán los valores, ya sean Títulos de la Deuda Pública u otros, debidamente bastanteados por el Gabinete Jurídico, a la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura o ante sus sucursales para que ésta emita el resguardo de constitución de garantía definitiva.
Con constitución mediante aval:
Cuando la fianza se constituye en aval el mismo tendrá que ser previamente bastanteado por el Servicio Jurídico de la Junta de Extremadura sito en la siguiente dirección:
GABINETE JURÍDICO
Paseo de Roma, s/n
MÉRIDA 06800
TLF 924 00 50 53
Se depositará en la Caja de Depósitos de la CCAA de Extremadura, Tesorería de la Consejería de Administración Pública y Hacienda o en cualquiera de sus sucursales, de conformidad con el Decreto 125/97, de 21 de octubre y la Orden que lo desarrolla, de 13 de abril de 1998: Servicios Fiscales Territoriales de Cáceres (C/ Donoso Cortés 11; Tlf 927 00 19 00) y Badajoz (C/ Padre Tomás 4, Tlf. 924 01 08 00 ).
Debiendo el contratista acreditar su constitución mediante la entrega al Órgano de Contratación del resguardo expedido por aquellos, en el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato.